El Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias —conocido como SPOT o detracciones— es uno de los mecanismos más consultados y más confundidos en la contabilidad peruana. El porcentaje varía según el tipo de bien o servicio, y las tasas han cambiado varias veces desde 2018. Esta guía organiza la tabla vigente en 2026 por Anexo para que la consultes de forma rápida.
Las tasas de detracciones pueden modificarse por Resolución de Superintendencia sin previo aviso. Verifica siempre en orientacion.sunat.gob.pe/apendices-del-sistema-de-detracciones antes de aplicar una tasa a una operación específica.
¿Cómo funciona el sistema de detracciones?
El comprador o usuario del servicio descuenta un porcentaje del precio de venta (la 'detracción') y lo deposita en la cuenta corriente del proveedor en el Banco de la Nación, antes de pagar el saldo restante. Esos fondos solo pueden usarse para pagar obligaciones tributarias con SUNAT. Si el proveedor no los usa en un plazo, puede solicitar su libre disposición.
- •Monto mínimo general: la detracción aplica cuando el importe de la operación supera S/ 700.00.
- •Quién deposita: generalmente el adquirente o usuario. En algunos casos, el propio proveedor.
- •Plazo de depósito: en operaciones con comprobante de pago, hasta la fecha de pago o dentro del quinto día hábil del mes siguiente, lo que ocurra primero.
- •Cuenta: cuenta corriente del proveedor en el Banco de la Nación (no es embargable por terceros).
Anexo 1 — Bienes sujetos al SPOT (tasas vigentes 2026)
| Código | Bien | Tasa |
|---|---|---|
| 001 | Azúcar y melaza de caña | 10% |
| 003 | Alcohol etílico | 10% |
Anexo 2 — Bienes sujetos al SPOT (tasas vigentes 2026)
| Código | Bien | Tasa |
|---|---|---|
| 004 | Recursos hidrobiológicos | 4% |
| 005 | Maíz amarillo duro | 4% |
| 007 | Caña de azúcar | 10% |
| 008 | Madera | 4% |
| 009 | Arena y piedra | 10% |
| 010 | Residuos, subproductos, desechos, recortes, desperdicios y chatarra | 15% |
| 011 | Bienes gravados con IGV por renuncia a la exoneración | 10% |
| 014 | Carnes y despojos comestibles | 4% |
| 016 | Aceite de pescado | 10% |
| 017 | Harina, polvo y pellets de pescado y animales acuáticos | 4% |
| 023 | Leche cruda entera | 4% |
| 031 | Oro gravado con el IGV | 10% |
| 032 | Páprika y otros ajíes del género capsicum | 10% |
| 034 | Minerales metálicos no auríferos | 10% |
| 035 | Bienes exonerados del IGV | 1.5% |
| 036 | Oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV | 1.5% |
| 039 | Minerales no metálicos | 10% |
| 041 | Plomo | 15% |
Anexo 3 — Servicios sujetos al SPOT (tasas vigentes 2026)
| Código | Servicio | Tasa |
|---|---|---|
| 012 | Intermediación laboral y tercerización | 12% |
| 019 | Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles | 10% |
| 020 | Mantenimiento y reparación de bienes muebles | 12% |
| 021 | Movimiento de carga | 10% |
| 022 | Otros servicios empresariales (legales, contables, consultoría, etc.) | 12% |
| 024 | Comisión mercantil | 10% |
| 025 | Fabricación de bienes por encargo | 10% |
| 026 | Servicio de transporte de personas | 10% |
| 030 | Contratos de construcción | 4% |
| 037 | Demás servicios gravados con el IGV | 12% |
El código 037 'Demás servicios gravados con IGV' es el más amplio: aplica a prácticamente cualquier servicio entre empresas gravado con IGV que no esté expresamente clasificado en otro código. Tasa: 12%. Monto mínimo: S/ 700.
Transporte de bienes por vía terrestre
El transporte de bienes por vía terrestre tiene un tratamiento especial: se aplica el 4% sobre el importe que resulte mayor entre el valor referencial (calculado según tablas del Ministerio de Transportes) y el importe de la operación. Aplica cuando el servicio supera S/ 400.
¿Qué pasa si no se realiza la detracción?
- •El comprador no puede usar el crédito fiscal del IGV del comprobante hasta que haya depositado la detracción.
- •SUNAT puede aplicar una multa del 50% del importe no depositado al adquirente.
- •El comprobante de pago puede ser desconocido en una fiscalización si la detracción no fue realizada correctamente.
Libre disposición de fondos de detracciones
El proveedor puede solicitar la libre disposición de los fondos acumulados en su cuenta de detracciones si no tiene deudas tributarias exigibles y cumple con los requisitos de SUNAT. La solicitud se presenta trimestralmente (o mensualmente para los 'buenos contribuyentes') a través de SUNAT Virtual.